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Estatutos De Psicologos Sin Fronteras México (PSFMx)

Considerando que:

 

1. Desde hace más de 10 años en México enfrentamos una profunda crisis de violencia de distintos tipos y violaciones a derechos humanos, que ha dañado significativamente a las comunidades, familias e individuos, pero que también ha propiciado importantes esfuerzos de organización ciudadana y profesional para enfrentar dicha situación; misma que no se aleja de lo que se vive en distintos países Latinoamericanos.

 

2. Lo anterior implica un reto y una oportunidad para que los psicólogos, sus organizaciones y las diferentes instituciones en donde se imparte psicología, se vinculen para cooperar y coordinar acciones que incidan sobre las principales problemáticas del pueblo mexicano y latinoamericano.

3. Resulta fundamental atender con eficacia y eficiencia las necesidades psicológicas y sociales de la población mexicana, fortaleciendo la formación y actualización de los psicólogos y profesionales de la salud mental, ampliando la capacidad y dominio para el diseño de teorías, enfoques, métodos, técnicas e instrumentos adecuados para realizar investigaciones pertinentes.

4. Por lo anterior, consideramos útil y procedente la formalización del colectivo “Psicólogos Sin Fronteras México (en lo sucesivo La Asociación o PSFMX)”, como una Organización Internacional, que recoge el trabajo desarrollado por psicólogos y otros profesionales con el objetivo de ejercer la profesión de manera solidaria y comprometida, contribuyendo a mejorar la realidad en el contexto internacional, nacional y local, trabajando en defensa de los derechos humanos, con las personas que sufren, implicados en fomentar la salud integral.

5. Resulta fundamental construir un espacio de encuentro y articulación para la acción y el diálogo entre estudiantes, profesionales, organizaciones, investigadores/as, instituciones y docentes, que permita atender cabalmente las necesidades sociales; para luchar contra las desigualdades sociales desde el ámbito de la Psicología en México.

Con base en lo anterior se postula la siguiente:

     Lineamientos generales

1. En México en general y en diversos estados de la república en particular, hay problemas relevantes en la familia, educación, vivienda, salud, trabajo, seguridad y, en general, de las condiciones de vida de las personas.

 

2. La vigencia de los derechos humanos tiene como base ineludible un Estado que lleve a cabo las políticas económicas que garanticen un acceso equitativo a la riqueza nacional, una vigencia de la normatividad que reconozca las abismales desigualdades económicas, el deficiente acceso a la salud y las centenarias ofensas a una población diezmada por el desempleo, la miseria y la falta de perspectivas que faciliten la realización humana.

3. Dichas condiciones de seguridad humana representan el significado de los derechos humanos, y es un compromiso ético de la psicología rescatarlos, preservarlos, fomentarlos y tender a que sean respetados e incrementados en todas sus dimensiones.

4. Existe una necesidad urgente en México de integrar a todos los sectores de la sociedad en la construcción de una sociedad de paz y desarrollo. El desarrollo es el resultado de considerar a todos los componentes sociales y no implica la idea de megaproyectos que no sean previamente propuestos en condiciones de equidad Estado/Ciudadanía. El Desarrollo, como se ha malentendido, ha implicado acciones de gran envergadura que trastocan los cimientos de la Seguridad Humana, que socializa los costos y privatiza las ganancias.

 

5. En los últimos 100 años, la psicología desarrolló un conocimiento científico sobre las necesidades, motivaciones e intereses del ser humano y, por lo tanto, tiene la responsabilidad de constituirse en referencia para la construcción de una sociedad inclusiva, próspera y de paz, en una sociedad que conlleva milenios de abrumadores paradigmas de exclusión, saqueo y dominación, sustrato de la actual violencia de lesa humanidad.

 

6. Esta tarea requiere de un amplio grupo de psicólogos organizados para articular e implementar proyectos conjuntos y para la incidencia social, considerando los antecedentes de la civilización moderna: la explotación, la expoliación, el saqueo de los recursos naturales y la desarticulación ciudadana, con el fin de desmovilizarla, alienarla y someterla al despropósito del miedo permanente, victimizándola a perpetuidad.

 

 

       Por ello, los estudiantes, profesionales, docentes, científicos, instituciones formadoras y organizaciones presentes en la Asamblea Constitutiva, acuerdan formalizar una Asociación Civil con el nombre de PSICÓLOGOS SIN FRONTERAS MÉXICO (PSFMX), como una entidad orientada por los siguientes principios:

1. Compromiso humano y ético con la transformación social y la mejora de las condiciones de vida, pero sin ninguna filiación partidaria.

2. Denuncia y documentación a violaciones de derechos fundamentales.

3. Apoyo para el fortalecimiento de derechos sociales, económicos, culturales y ambientales.

4. Trabajo en equipo inter-especializado, interdisciplinario y milti-disciplinario.

5. Trabajo en red sumando recursos y experiencias.

6. Educación en valores y a favor de la paz.

7. Desarrollo de acciones participativas.

8. Asistencia y acompañamiento psicosocial a grupos en situación de victimización.

9. Asistencia en catástrofes, emergencias naturales y humanitarias.

10. Contribuir al desarrollo de una psicología plural, en diálogo interno y externo, para la integración y desarrollo de las diversas expresiones de la psicología mexicana y latinoamericana.

11. Incentivar que la psicología comprenda la realidad de los procesos históricos, sociales, culturales y políticos de México y de los países iberoamericanos, respondiendo a sus requerimientos específicos.

12. Desarrollar actitudes y aptitudes para contribuir al desarrollo y crecimiento de la democracia en su sentido etimológico, al fortalecimiento de la identidad del pueblo mexicano, de su independencia y de su soberanía nacional.

13. Promover la salud a través de la libertad, la equidad, la pluralidad, la responsabilidad, la justicia, la solidaridad social, la diversidad y los derechos humanos.

14. Respetar y colaborar entre los diferentes enfoques y maneras de pensar la psicología, así como entre instituciones y organizaciones de la disciplina.

15. Fomentar el desarrollo científico, ético, profesional y colegiado de los psicólogos.

 

 

CAPÍTULO I

DENOMINACIÓN, NACIONALIDAD, DOMICILIO,  OBJETO Y DURACIÓN:
 

ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN.- La denominación de la asociación es “PSFMX PSICOLOGOS SIN FRONTERAS MEXICO”, la cual podrá ir seguida de las palabras “ASOCIACIÓN CIVIL” o de su abreviatura “A.C.”.
 

ARTICULO SEGUNDO.- NACIONALIDAD.- La asociación que se constituye es de nacionalidad mexicana. Se regirá por sus estatutos y por el Código Civil de la Ciudad de México.
 

ARTÍCULO TERCERO.- DOMICILIO.- El domicilio de la asociación será la CIUDAD DE MÉXICO, sin perjuicio de establecer oficinas en otros lugares del país o del extranjero.
 

ARTÍCULO CUARTO.- OBJETO.- La asociación civil se organiza sin fines de lucro. Tiene como fines el apoyo y asistencia social de personas, sectores y regiones de escasos recursos, para lo cual, realizará actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo de las personas, los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas por discapacidad, y de las comunidades indígenas.
 

La asociación tendrá los siguientes objetos:

  1. Colaborar, sin discriminación ni exclusión con todos los profesionales, docentes, investigadores y estudiantes de la Psicología, Colectivos, Organizaciones e Instituciones Formadores afines; y miembros de otras profesiones que voluntariamente aporten su asistencia a las poblaciones afectadas por situaciones de violencia, desastres naturales, accidentes colectivos y a aquellas poblaciones o grupos que sufran marginación y exclusión social, económica o cultural, así como aquellos grupos que requieren una intervención especializada en el ámbito de la Psicología, en situaciones sociales de significativa gravedad.
     

  2. Movilizar a favor de estas poblaciones, todos los recursos humanos a su disposición con el fin de proporcionarles atención, apoyo y acompañamiento en un plazo de tiempo razonable de manera ética, eficaz y eficiente.
     

  3. Promover la participación de sus miembros en la comunidad con el fin de colaborar, a través de brindar asesoramiento, apoyo, acompañamiento, capacitación y/o proyectos que se persiguen los fines mencionados.
     

  4. Impulsar la formación y constitución de grupos locales o regionales de Psicólogos Sin Fronteras, con el fin de realizar de la mejor manera los fines de la Asociación.
     

  5. Mantener relaciones con otras entidades que puedan contribuir a la realización de sus fines.
     

  6. Gestionar con instancias internacionales y autoridades nacionales, estatales y municipales e institucionales de cualquier orden la colaboración y contribución para concretar toda clase de iniciativas y proyectos que propendan al bien de la asociación y las poblaciones destinatarias de sus objetivos.
     

  7. Estimular la producción de conocimientos científicos, metodológicos y profesionales para una psicología comprometida con el mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar de las personas, familias, comunidades e instituciones del país.
     

  8. Emitir opiniones especializadas, dictámenes, sobre casos y situaciones que inciden en el daño, vulnerabilidad, y exclusión de las poblaciones, comunidades, familiares y personas receptoras de sus objetivos.
     

  9. Incidir en los medios de comunicación para expresar criterios y conceptos relevantes para la opinión pública y defender los fines de la asociación.
     

  10. Favorecer intercambios y estancias de voluntariado, docencia e investigación con respecto a los fines del Asociación.
     

  11.  Desarrollar actividades de formación en todos aquellos temas relacionados con los fines de la asociación.
     

  12.  Elaborar y mantener un portal electrónico que reúna los sitios de las diversas instituciones y organizaciones que compartan los objetivos de la asociación.
     

  13. Colaborar en la organización y promover la participación en eventos científicos, profesionales y gremiales, nacionales e internacionales.
     

  14. Generar, distribuir, compartir e intercambiar publicaciones; realizar ediciones y coediciones, impresas o electrónicas.
     

  15. Difundir, mantener y promover criterios éticos en la formación y ejercicio profesionales de los psicólogos/as.
     

  16. Desarrollar un intercambio de culturas profesionales, académicas y científicas en psicología.
     

  17. Vincularse con instituciones y organizaciones de la comunidad científica nacional e internacional.
     

  18. La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda.
     

  19. La atención  rehabilitación médica o a la atención de establecimientos especializados. Se considera como asistencia médica, entre otras, la psicoterapia, la terapia familiar, el tratamiento o la rehabilitación de personas discapacitadas y la provisión de medicamentos, prótesis, órtesis e insumos sanitarios.
     

  20. La rehabilitación de alcohólicos y fármaco dependientes. 
     

  21. Orientación social, educación o capacitación para el trabajo. Entendiendo por orientación social la asesoría en materias tales como la familia, la educación, la alimentación, el trabajo y la salud. La orientación social, comprende entre otras, la atención o la prevención de la violencia intrafamiliar para la eliminación de la explotación económica de los niños o del trabajo infantil peligroso.
     

  22. Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos. El apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos, comprende también la capacitación, difusión, orientación, incluyendo la equidad de género o de las prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las disposiciones legales que de ella emanen, siempre que no implique o conlleven acciones  de índole político, religioso, o destinadas a influir en la legislación.
     

  23. La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad o en la promoción de acciones en materia de seguridad ciudadana.
     

  24. Cívicas, enfocadas a promover la participación ciudadana en asuntos de interés público.
     

  25. Promoción de la equidad de género.
     

  26. La organización de cursos, congresos, talleres, conferencias y seminarios relacionados con el objeto de la asociación.
     

  27. Recibir donativos en dinero o en especie, de personas físicas o morales mexicanas o extranjeras, dependencias gubernamentales, instituciones privadas y de organismos no gubernamentales sean nacionales o extranjeros, cuyos donativos serán destinados a cumplir con los fines de la Asociación.
     

  28. La adquisición y arrendamiento de toda clase de muebles, así como la celebración de toda clase de actos y contratos que sean necesarios para la realización del objeto social.
     

Las actividades que desarrolle la asociación civil, tendrán como finalidad  primordial el cumplimiento de su objeto social, sin que pueda intervenir en campañas políticas o involucrarse en actividades de propaganda.

ARTÍCULO QUINTO.- DURACIÓN Y EJERCICIOS SOCIALES

La duración de la asociación será INDEFINIDA. Los ejercicios sociales serán del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año. El primer ejercicio será irregular.

CAPÍTULO II

PATRIMONIO SOCIAL:

ARTÍCULO SEXTO.- PATROMONIO.- El patrimonio de la asociación se integrará:
 

  1. Con las aportaciones y cuotas que realicen los asociados.
     

  2. Con los donativos que para la realización de sus fines sociales, reciba de personas físicas o morales mexicanas o extranjeras, dependencias gubernamentales, instituciones privadas y de organismos no gubernamentales sean nacionales o extranjeros.
     

  3. Con los demás ingresos que obtenga la asociación, bien sea por donativos o por cuotas de recuperación.
     

  4. Con los bienes y derechos que adquiera por compraventa, donación, herencia, legado o por cualquier otro título legal.
     

El patrimonio de la asociación, incluyendo los apoyos y estímulos públicos que reciba, se destinarán exclusivamente a los fines propios de su objeto social, no pudiendo otorgar beneficios sobre el remanente distribuible a personas físicas o morales, salvo que se trate, en este último caso, de alguna persona moral autorizada para recibir donativos deducibles en términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta o se trate de la remuneración de servicios efectivamente recibidos.

La asociación no deberá distribuir entre sus asociados, remanentes de los apoyos y estímulos públicos que reciba.

Lo estipulado en este artículo es de carácter irrevocable.

CAPÍTULO III

 DE LOS ASOCIADOS

ARTÍCULO SÉPTIMO.- ASOCIADOS.- Serán asociados las personas físicas y morales que sean admitidas por la asociación. Los asociados tendrán los mismos derechos y obligaciones.

ARTÍCULO OCTAVO.- DERECHOS.- Los asociados tendrán los siguientes derechos:
1.- Participar en las asambleas de la asociación;

2.- Ser electos para desempeñar cargos dentro del órgano de dirección;

3.- Proponer iniciativas, planes y proyectos para la realización del objeto social.


ARTÍCULO NOVENO.- OBLIGACIONES.- Son obligaciones de los asociados:

1.- Realizar los objetivos de la asociación;

2.- Asistir a las asambleas;

3.- Aportar las cuotas que determine la asamblea o el órgano directivo;

4.- Desempeñar los cargos o comisiones asignadas;

5.- Cumplir las determinaciones de la asamblea o del órgano directivo.


ARTÍCULO DÉCIMO.- INTRANSFERENCIA DE LA CALIDAD DE ASOCIADO.-  La calidad de asociado es intransferible.


ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- PÉRDIDA DE CALIDAD DE ASOCIADO.- La calidad de asociado se pierde:

1.- Por renuncia;

2.- Por exclusión;

3.- Por muerte.


ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO.- RENUNCIA.- Se podrá renunciar a la calidad de asociado mediante comunicación escrita dirigida al Presidente del órgano directiva.


ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO.

- EXCLUSIÓN.- Los asociados podrán ser excluidos de la asociación por resolución de la asamblea general por cualquiera de las siguientes causas:

1.- Por no asistir a tres o más asambleas o sesiones de órgano directivo;

2.- Por no cumplir sus funciones como directivos, o no cumplir los encargos o comisiones encomendados;

3.- Por no participar en tareas para el cumplimiento de los fines sociales;

4.- Por no cumplir los estatutos sociales o los reglamentos;

5.- Por no cubrir en los plazos previstos, las cuotas o aportaciones decretadas por la asamblea o el órgano directivo;

6.- Por no acatar las resoluciones de la asamblea o del órgano directivo;

7.- Por disponer indebidamente de los fondos sociales o falta de honestidad en el desempeño de sus cargos.


ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO.- PÉRDIDA DEL HABER SOCIAL.- Los asociados no podrán reclamar la devolución de las aportaciones o cuotas que hubiesen realizado en favor de la asociación.
 

Los asociados que renuncien, fallezcan o que fueren excluidos, perderán sus cuotas o aportaciones y no tendrán derecho sobre el haber social.
 

Los herederos o legatarios no tendrán derecho a la devolución de las aportaciones realizadas por el asociado fallecido.


ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- ADMISIÓN DE EXTRANJEROS.- Todo extranjero que en el acto de la constitución o en cualquier tiempo ulterior adquiera un interés o participación social en la asociación, se obliga ante la Secretaria de Relaciones Exteriores, en considerarse como nacional respecto de la parte social, así como de los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sea titular de la asociación o de los derechos y de que sea titular la asociación o de los derechos y obligaciones que deriven de los contratos en que sea parte de la asociación, renunciando a no invocar la protección de su Gobierno, bajo la pena, en caso contrario, de perder en beneficio de la Nación Mexicana, la parte social, los derechos y bienes adquiridos.

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